El TS considera un suicidio como accidente laboral
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El TS considera un suicidio como accidente laboral
El TS considera el suicidio de un empleado de autobuses de Sevilla como accidente laboral
La viuda e hijos de un conductor de autobús de Transportes Urbanos de Sevilla que se suicidó después de padecer estrés originado en sus conflictos con la empresa percibirán las prestaciones de la seguridad social correspondientes a un accidente de trabajo, ha sentenciado el Supremo.
Transportes Urbanos de Sevilla Sociedad Municipal (Tussam) recurrió contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de conceder la pensión correspondiente a un accidente laboral a la viuda e hijos de un conductor de autobús de la empresa que se suicidó tras padecer ansiedad relacionada con trabajo.
Aquella sentencia establecía que las prestaciones de viudedad y orfandad "a las que dio lugar el fallecimiento de J.L.A.F. derivan de accidente de trabajo". El Supremo la ha confirmado y ha condenando a la parte recurrente al pago de las costas.
La sentencia relata cómo en 2005 J.L. sufrió un accidente de trabajo y necesitó asistencia médica por una crisis de ansiedad, síndrome de estrés laboral que derivó en problemas digestivos en años posteriores. El facultativo que le atendió recomendó un horario fijo que le permitiera comer siempre a horas fijas, a lo que la empresa se negó.
En mayo de 2007 tuvo lugar una huelga durante la cual se produjeron daños a los bienes de la empresa. J.L. fue detenido por la Policía y se siguieron contra él diligencias que fueron sobreseídas. Contra esa decisión recurrió la empresa, lo cual derivó en nuevos archivos y nuevos recursos de la empresa contra la inocencia de J.L.
Entre tanto, recuerda la sentencia, "la prensa vino recogiendo declaraciones de responsables" de la empresa municipal en las que se advertía de que las actuaciones penales derivarían en sanciones disciplinarias, pues se había abierto expediente contra J.L.
Finalmente, el procedimiento penal fue archivado definitivamente, pero la decisión de archivar, así mismo, el expediente disciplinario, "no pudo ser notificada al trabajador, por cuanto éste ya había fallecido", señala la sentencia.
A pesar de los informes médicos y las recomendaciones del Equipo de Salud Mental y de Medicina Interna que vinculaban el estrés con los trastornos digestivos y ambos con el proceso penal y disciplinario abierto contra J.L., la empresa rechazó la solicitud del trabajador de ejercer su labor en un horario fijo, "por no estar suficientemente justificada".
El 5 de noviembre de 2008 J.L., "dentro de su turno de trabajo como conductor", se desvió de su ruta tomando una carretera nacional y, después de conducir un tiempo, estacionó en una gasolinera, llamó al teléfono de emergencia 112 y manifestó desconocer dónde estaba y que se encontraba nervioso y agobiado. Al día siguiente se suicidó.
El Supremo considera establecida "la relación de causalidad entre el quehacer laboral y el suicidio del trabajador".
Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2013/02/24/andalucia_sevilla/1361702860.html
- El trabajador se quitó la vida en su casa tras sufrir episodios de 'ansiedad'
- Los médicos asociaron su dolencia a las condiciones que sufría en la empresa
- El facultativo le recomendó un horario fijo, a lo que la empresa se negó
- La compañía de los autobuses públicos de Sevilla deberá pagar las costas
La viuda e hijos de un conductor de autobús de Transportes Urbanos de Sevilla que se suicidó después de padecer estrés originado en sus conflictos con la empresa percibirán las prestaciones de la seguridad social correspondientes a un accidente de trabajo, ha sentenciado el Supremo.
Transportes Urbanos de Sevilla Sociedad Municipal (Tussam) recurrió contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de conceder la pensión correspondiente a un accidente laboral a la viuda e hijos de un conductor de autobús de la empresa que se suicidó tras padecer ansiedad relacionada con trabajo.
Aquella sentencia establecía que las prestaciones de viudedad y orfandad "a las que dio lugar el fallecimiento de J.L.A.F. derivan de accidente de trabajo". El Supremo la ha confirmado y ha condenando a la parte recurrente al pago de las costas.
La sentencia relata cómo en 2005 J.L. sufrió un accidente de trabajo y necesitó asistencia médica por una crisis de ansiedad, síndrome de estrés laboral que derivó en problemas digestivos en años posteriores. El facultativo que le atendió recomendó un horario fijo que le permitiera comer siempre a horas fijas, a lo que la empresa se negó.
En mayo de 2007 tuvo lugar una huelga durante la cual se produjeron daños a los bienes de la empresa. J.L. fue detenido por la Policía y se siguieron contra él diligencias que fueron sobreseídas. Contra esa decisión recurrió la empresa, lo cual derivó en nuevos archivos y nuevos recursos de la empresa contra la inocencia de J.L.
Entre tanto, recuerda la sentencia, "la prensa vino recogiendo declaraciones de responsables" de la empresa municipal en las que se advertía de que las actuaciones penales derivarían en sanciones disciplinarias, pues se había abierto expediente contra J.L.
Finalmente, el procedimiento penal fue archivado definitivamente, pero la decisión de archivar, así mismo, el expediente disciplinario, "no pudo ser notificada al trabajador, por cuanto éste ya había fallecido", señala la sentencia.
A pesar de los informes médicos y las recomendaciones del Equipo de Salud Mental y de Medicina Interna que vinculaban el estrés con los trastornos digestivos y ambos con el proceso penal y disciplinario abierto contra J.L., la empresa rechazó la solicitud del trabajador de ejercer su labor en un horario fijo, "por no estar suficientemente justificada".
El 5 de noviembre de 2008 J.L., "dentro de su turno de trabajo como conductor", se desvió de su ruta tomando una carretera nacional y, después de conducir un tiempo, estacionó en una gasolinera, llamó al teléfono de emergencia 112 y manifestó desconocer dónde estaba y que se encontraba nervioso y agobiado. Al día siguiente se suicidó.
El Supremo considera establecida "la relación de causalidad entre el quehacer laboral y el suicidio del trabajador".
Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2013/02/24/andalucia_sevilla/1361702860.html
Re: El TS considera un suicidio como accidente laboral
Aunque suene a ridículo (va a tener muchas implicaciones mezclar la "vida" privada y la laboral) estoy de acuerdo con la sentencia, ya que está sobradamente demostrado que la situación en la empresa se convierte en la causa del suicidio.
Lo que pasa es que aquí podemos retorcer el Derecho de muchas maneras: si alguien alega que trata mal a su mujer porque está estressado en el trabajo, o que alguien pueda denunciar a una empresa "por coacciones" si te llama al móvil fuera de horario de trabajo (o cualquier otro tema que mezcle vida privada con laboral), estas cosas podrían convertirse en causa de denuncia a partir de ahora.
Lo que pasa es que aquí podemos retorcer el Derecho de muchas maneras: si alguien alega que trata mal a su mujer porque está estressado en el trabajo, o que alguien pueda denunciar a una empresa "por coacciones" si te llama al móvil fuera de horario de trabajo (o cualquier otro tema que mezcle vida privada con laboral), estas cosas podrían convertirse en causa de denuncia a partir de ahora.
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Re: El TS considera un suicidio como accidente laboral
catlander escribió:Aunque suene a ridículo (va a tener muchas implicaciones mezclar la "vida" privada y la laboral) estoy de acuerdo con la sentencia, ya que está sobradamente demostrado que la situación en la empresa se convierte en la causa del suicidio.
Te pasas trabajando como mínimo ocho horas, la vida laboral influye notablemente en la privada.
Khasthrom- Deus vult
- Mensajes : 5652
Fecha de inscripción : 07/09/2011
Re: El TS considera un suicidio como accidente laboral
+1. Me parece una decisión correctaKhasthrom escribió:catlander escribió:Aunque suene a ridículo (va a tener muchas implicaciones mezclar la "vida" privada y la laboral) estoy de acuerdo con la sentencia, ya que está sobradamente demostrado que la situación en la empresa se convierte en la causa del suicidio.
Te pasas trabajando como mínimo ocho horas, la vida laboral influye notablemente en la privada.
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"Me gustan mis errores. No quiero renunciar a la deliciosa libertad de equivocarme."
Groucho Marx
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Avutardo escribió:Soy muy cínico para pensar que la peña va a espabilar o aceptar que si llueve mierda es porque se lo han ganao a pulso.
Re: El TS considera un suicidio como accidente laboral
Suena a chanchullo para que lo cubra el seguro en vez de cargarse por homicidio (imprudente o como sea) al gerente de la empresa (o responsable equivalente), que lo mismo no tiene patrimonio suficiente.
En la construcción se suele cargar la culpa completa de un accidente al agente que tenga el seguro más potente, la responsabilidad real es irrelevante.
Por un lado la familia va a estar cubierta, que es lo prioritario, pero por otro quien fuera realmente responsable no va a tragar mierda.
En la construcción se suele cargar la culpa completa de un accidente al agente que tenga el seguro más potente, la responsabilidad real es irrelevante.
Por un lado la familia va a estar cubierta, que es lo prioritario, pero por otro quien fuera realmente responsable no va a tragar mierda.
Re: El TS considera un suicidio como accidente laboral
Muy de acuerdo con la sentencia del TS.
Pobre hombre.
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Congresista x4 / Ministro Comunicación x30 / Vice-Ministro Comunicación x6 / ex-Presidente ASD / Presidente del Partido Viejuno x2 / Participante fusión IDE+UPeR / Ex-Embajador en Venezuela x3 / Tutor IAN x7 / Ex-Miliciano COE & LH / Ex-teniente y miembro FFAA...
Excelentísimo Señor Don Sevillafc, Duque de (e)Sevilla y Grande de (e)España
Vizcondado de (e)Iznájar, con antigüedad de 1466, otorgado a sevillafc el 19-02-2017.
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Re: El TS considera un suicidio como accidente laboral
¿Y matar al jefe? porque esa seria una buena opción.
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Duque de (e)Talavera de la Reina.
Grande de (e)España.
Caballero del Habito de (e)Santiago.
Re: El TS considera un suicidio como accidente laboral
Esto abre las puertas a que algun poli se vuele la tapa de los sesos y la familia pueda cobrar la pensión como si hubiera muerto en "acto de servicio"
Lo mismo con los militares... un tema escabroso. Entenderia todo esto si le hubieran atropellado por ir empanado. Pero por un suicidio? un suicidio es todo lo contrario a un "accidente"
Lo mismo con los militares... un tema escabroso. Entenderia todo esto si le hubieran atropellado por ir empanado. Pero por un suicidio? un suicidio es todo lo contrario a un "accidente"
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I came in like a wrecking ball!!!!
- Spoiler:
Surf Legend escribió:
Foro nuestro que estas en el google
cortijeado sea tu nombre,
Venga a nosotros tu lulz
hágase su l'Oreal, así en el erepublis como en la interweb
Danos hoy el ban nuestro de cada día,
y perdona nuestros tochoposts
asi como nosotros perdonamos a los que nos tl;drean
y no nos dejes caer en el retardation
mas libranos del fail de ser trolleados. Amen
Excelentísimo Señor Don Yailus, Duque de (e)Zaragoza y grande de (e)España.
Re: El TS considera un suicidio como accidente laboral
Te entiendo, Yailus, pero se sobreentiende (debería ser así, vaya) que la cosa es investigar todo caso bien y determinar si una posible situación previa de ansiedad y estrés (como el caso en cuestión) que haya podido conducir a dicho suicidio ha sido causada por circunstancias relativas al entorno laboral.
Re: El TS considera un suicidio como accidente laboral
No niego la relación entre Causa y Efecto. Solo digo que se da un mal precedente al aceptar el acoso laboral como motivo para pagar una indemnización de accidente laboral porque un tipo se vuele los sesos.
Si se acepta esto, se acepta que quien se tire de un puente por tener un cancer de pulmon debido a los metales pesados de una fabrica, está palmando por accidente laboral.
O como repito, el poli que se pega un tiro por la presión y la mierda que tiene que comer a diario (que no nos engañemos, los polis de a pie, los que no son de la UIP comen mucha mierda) le deja pensión a la familia por morir "en acto de servicio"
Dejas mal precedente, y peor aun, das malas ideas a gente que necesita muy poco para acabar con su vida.
Si se acepta esto, se acepta que quien se tire de un puente por tener un cancer de pulmon debido a los metales pesados de una fabrica, está palmando por accidente laboral.
O como repito, el poli que se pega un tiro por la presión y la mierda que tiene que comer a diario (que no nos engañemos, los polis de a pie, los que no son de la UIP comen mucha mierda) le deja pensión a la familia por morir "en acto de servicio"
Dejas mal precedente, y peor aun, das malas ideas a gente que necesita muy poco para acabar con su vida.
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Surf Legend escribió:
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Re: El TS considera un suicidio como accidente laboral
+1Khasthrom escribió:catlander escribió:Aunque suene a ridículo (va a tener muchas implicaciones mezclar la "vida" privada y la laboral) estoy de acuerdo con la sentencia, ya que está sobradamente demostrado que la situación en la empresa se convierte en la causa del suicidio.
Te pasas trabajando como mínimo ocho horas, la vida laboral influye notablemente en la privada.

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